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¿Quién puede solicitar la Revisión de Vida Entera del INSS? vea

Una decisión del STF del jueves 1 de diciembre podría afectar la vida de muchos asegurados del INSS y también las finanzas públicas.

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Una decisión del Supremo Tribunal Federal (STF) del jueves 1 de diciembre podría afectar la vida de muchos jubilados y pensionados del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) y también las finanzas públicas. Se trata de la posibilidad de solicitar una Revisión Vitalicia en materia de aportes y jubilación o pensión.

Todo empezó con la Ley 9.876/99. Cambió el cálculo del valor de las prestaciones y creó dos reglas de cálculo, una permanente y otra temporal. Vea: 

  • A regla de transición dispuso que sólo se utilizarían las cotizaciones de julio de 1994 para calcular los beneficios de quienes ya cotizaban al INSS en ese momento; Es 
  • A regla de cálculo definitiva, válido para quienes se incorporaron posteriormente al INSS, preveía la inclusión de todos los salarios cotizados vitalicios en el cálculo de las prestaciones.

Esto significa que, para quienes trabajaron y cotizaron a la Seguridad Social antes de 1994, sólo se considerarían las cantidades recaudadas con posterioridad a la elaboración del Plan Real. Por ejemplo, una persona que empezó a trabajar en 1980 habría excluido de su cálculo los salarios percibidos en 14 años de su vida.

Por tanto, la Revisión de Vida Integral es un nuevo cálculo del promedio mensual y beneficiará principalmente a quienes tenían buenos salarios antes de 1994, incluso en otras monedas -como Cruzeiro Real y Cruzeiro- porque estos valores se tienen en cuenta para el cálculo. de la pensión complementaria. 

Cabe señalar que si el cálculo determina que el valor de la pensión debe ser menor, tomando en cuenta el promedio de los años anteriores a 1994, la nueva normativa no se aplicará. Sólo aplica para el aumento y no para la disminución de los valores de jubilaciones y pensiones.

Pero ¿alguien puede solicitar una revisión? ¿Y qué tipos de beneficios pueden ser reevaluados luego de la decisión del STF? Además, ¿cuál es el proceso para solicitar esta revisión?

¿Quién puede solicitar una Revisión de Vida Integral?

La regla general es que los empleados que cotizaron al INSS antes de 1994 y se jubilaron después de 1999 podrán solicitar una Revisión Vitalicia. Pero existen algunos requisitos previos: consulte

  • Tener jubilación con fecha de inicio entre el 29/11/1999 y el 11/12/2019, por lo que se ha aplicado la regla transitoria del artículo 3 de la Ley 9.876/1999 – en este caso el salario medio calculado por el INSS para el pago de el retiro se hizo con los salarios más altos del 80% desde julio de 1994, cuando entró en vigencia el Plan Real;
  • Haber recibido el primer pago del beneficio en los últimos diez años, siempre y cuando lo fuera antes de la Reforma Previsional, que entró en vigor en noviembre de 2019;
  • Haber comenzado a cotizar al INSS antes de julio de 1994.

La norma también determina que, si el asegurado ha presentado una solicitud de revisión en los últimos 10 años, el período se interrumpirá y el cómputo sólo se reiniciará después de que el INSS responda. Si la institución no ha respondido a la solicitud de verificación, el protocolo puede utilizarse como prueba.

¿Qué beneficios se pueden revisar?

Los beneficios del INSS cubiertos por la Revisión de Vida Entera son: 

  • Jubilación por edad; 
  • Jubilación por tiempo de aporte; 
  • Jubilación especial; 
  • Jubilación de personas con discapacidad; 
  • Pensión de invalidez; 
  • Pensión por Muerte.

¿Cómo solicito la Revisión de Vida Entera del INSS?

Lamentablemente, para solicitar una revisión, los asegurados deben presentar una demanda. No habrá una manera más fácil de hacer esto. 

Además, para interponer una demanda es necesario tener en cuenta algunos criterios, como el valor del caso, ya que dependiendo del monto el camino es diferente. Vea las situaciones esperadas:

  • Tribunal Federal Especial si el valor de la causa es de hasta 60 salarios mínimos; 
  • Tribunal Federal si el valor del caso excede de 60 salarios mínimos.

¿Qué documentos se requieren?

Los documentos necesarios para interponer la acción, con carácter general, son:

  • CNIS, que es la declaración de seguridad social que registra todas las cotizaciones a la seguridad social: relación laboral, licencias, cotizaciones deben registrarse correctamente. El documento se puede encontrar en el portal. meu.inss.gov.br;
  • DNI y CPF; 
  • Comprobante de Residencia (actualizado y a nombre del asegurado); Es 
  • Carta de Concesión de Jubilación o Proceso de Concesión Administrativa (si no cuenta con este documento, su abogado sabrá cómo obtenerlo).

La revisión de por vida del INSS está en marcha desde 2019

La sentencia de esta Revisión de Vida Integral estaba en curso desde 2019. En diciembre del mismo año, el Supremo Tribunal Federal (STF) decidió que era posible aplicar la regla final en lugar de la regla de cálculo transitorio si esto resultaba en un beneficio con Más ventajas para el asegurado. 

Con la decisión del STJ, bastaba con la decisión del STF de poner fin a la espera de los asegurados que esperaban una posibilidad de revisión.

Así, en marzo, el análisis se produjo en el pleno virtual, con marcador cerrado de 6 a 5 a favor de jubilados y pensionados, cuando un destacado pedido del ministro Nunes Marques reinició la votación y la envió nuevamente al pleno físico.

El resultado de la votación del jueves, 1, volvió a ser de 6 a 5 para los jubilados.

Vea mas:

Sobre el autor  /  Tiago Menger

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