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Hacienda Federal pagará las deudas tributarias en cuotas a lo largo de 10 años

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La Renta Federal publicó ayer (12 de agosto) en el Diario Oficial de la Unión una ordenanza que facilita la renegociación de deudas tributarias, con deducciones que pueden llegar hasta el 70% del monto adeudado y un plazo de pago de hasta 120 meses (10 años). en la mayoría de los casos o hasta 145 meses en determinadas situaciones. La medida es amplia y se aplica a personas naturales, microempresarios individuales (MEI), empresas, entidades como Santas Casas y cooperativas, e incluso entidades públicas. Las negociaciones comienzan el 1 de septiembre.

El reglamento de Ingresos Federales establece una norma aprobada por el Congreso este año que amplía el alcance de la llamada operación tributaria, un mecanismo que permite al gobierno otorgar a ciertos deudores condiciones más favorables para el pago de deudas luego de evaluar las dificultades para pagar la deuda. El contribuyente puede renegociar directamente con el Servicio de Impuestos Federales.

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Los valores se pueden negociar en procesos de administración tributaria (con un valor superior a R$ 10 millones); Obligaciones que aún están en fase de reclamo ante el IRS, y deudas que están siendo atendidas por las autoridades tributarias y aún no han llegado al proceso de apelación. El saldo total de esta deuda es de aproximadamente 1,4 billones de rands, pero la Hacienda no proporcionó una estimación de la probable recaudación del programa ni del número de contribuyentes que podrían beneficiarse. Para las deudas de cotizaciones sociales, el plazo de pago está constitucionalmente limitado a 60 meses.

Entidades Públicas e Ingresos Federales

La norma también permite el uso de órdenes judiciales o derechos de crédito con decisión final y definitiva para liquidar obligaciones tributarias –incluyendo capital, multas e intereses–.

Según la medida, también se encuentran entre los destinatarios de la ordenanza los deudores insolventes, en cobranza judicial o extrajudicial, municipios, fundaciones y empresas públicas del gobierno federal; y los estados, distritos federales y municipios, así como los respectivos organismos públicos de administración indirecta.

La nueva renegociación de obligaciones tributarias introducida por el reglamento es mucho más amplia que los programas gubernamentales tradicionales, que normalmente solo consideran obligaciones que ya han pasado por el proceso de gestión completo y están registradas en la deuda activa de la Unión. Anteriormente, el Servicio de Ingresos Federales estaba autorizado a hacerlo. autorizar la participación en el programa sólo para deudas menores o que involucren controversias legales relevantes.

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Para el consultor financiero Elber Laranja, socio fundador de la consultora de gestión Antecipa Fácil, la medida amplía significativamente el abanico de empresas deudoras que pueden regular su situación tributaria. Las relaciones comerciales más formales dentro del sector privado o con un organismo gubernamental requieren que se materialicen obligaciones tributarias regulares, y las empresas deudoras generalmente quedan excluidas de estas oportunidades, explicó.

Para Orange, la medida podría motivar a las empresas que ya han renunciado a sus obligaciones tributarias a volver a cumplirlas.

Elecciones 

La Hacienda Federal siempre se ha opuesto a medidas de renegociación de deudas tributarias, como los sucesivos Refis, porque considera que desincentivan el pago regular de impuestos. El reglamento publicado ayer contradice este entendimiento. Parece haber surgido una chispa de oportunidad para mostrar como servicio algo que no funcionó tan bien en un año electoral, afirmó Elber Laranja.

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Como impacto negativo de la medida, el experto señala también una reducción drástica de las expectativas de los deudores de pagar los ingresos federales y un recargo. La sensación que dejan estas medidas es que sólo los malos pagadores se benefician de las autoridades fiscales: los que pagan correctamente pagan 100, los que pagan incorrectamente reciben un descuento.

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Sobre el autor  /  Tiago Menger

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