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Los asegurados del INSS deberán someterse a un nuevo examen; verificar

Los asegurados del INSS que reciban prestación de enfermedad o pensión de invalidez y participen en el programa de rehabilitación profesional deberán someterse a una nueva reevaluación. 

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Los asegurados del INSS (Instituto Nacional de Seguridad Social) que reciban prestación de enfermedad o pensión de invalidez y participen en el programa de rehabilitación profesional deberán someterse a una nueva reevaluación. 

El proceso, que fue suspendido debido a la pandemia de Covid-19, será retomado mediante la Orden 1.514 publicada en el Diario Oficial de la Unión el pasado martes (1º).

El objetivo de la evaluación es verificar si los beneficiarios todavía tienen derecho a la prestación de enfermedad o a la jubilación por invalidez. Deberán ser citados los asegurados que no hayan realizado el examen hace más de 365 días.

45 mil asegurados deben ser llamados a reevaluación

En total se notificará a 45 mil de los 150 mil beneficiarios en rehabilitación. El número se refiere a personas aseguradas que se encuentran en la Fecha de Prueba de Incapacidad durante más de un año.

Los beneficiarios deberán ser notificados entre noviembre de 2022 y abril de 2023, ya que el plazo de revisión es de 180 días a partir de la publicación del reglamento, que entra en vigor de forma inmediata. 

La citación se realiza a través de carta, correo electrónico o llamada del INSS. Por lo tanto, los beneficiarios deben asegurarse de que la información esté actualizada en el sistema del instituto.

No es necesario programar una reevaluación. El propio INSS es el responsable del proceso.

Programa de Rehabilitación Profesional del INSS

La rehabilitación profesional la ofrece la Seguridad Social a los asegurados que no pueden trabajar debido a una enfermedad, accidente o invalidez. A los beneficiarios se les ofrece la oportunidad de realizar un desarrollo profesional o readaptación, para que puedan regresar al mercado.

Todo beneficiario del INSS tiene derecho a la rehabilitación profesional sin período mínimo de cotización. Tienen prioridad los empleados que sean víctimas de accidentes de trabajo. 

Si el trabajador necesita rehabilitación, el trabajador dado de baja del INSS será remitido a rehabilitación profesional después del examen.

La Prestación de Pago Continuo (BPC) también deberá ser revisada por el INSS

Para el segundo semestre, el INSS también deberá revisar el Beneficio de Pago Continuo (BPC). El seguro está destinado a personas mayores de 65 años o personas discapacitadas de cualquier edad que no tengan medios para subsistir.

Según el Ministerio de Trabajo y Pensiones, los cambios tienen como objetivo “evitar que los fondos de la seguridad social se vean gravados por el pago indebido de estas prestaciones”.

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Sobre el autor  /  Tiago Menger

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